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¿Cuánto se paga por 8 horas de trabajo en Ecuador?

Lobito IsaiasbyLobito Isaias
septiembre 25, 2025
in Ecuador
Cuánto se paga por 8 horas de trabajo

Cuánto se paga por 8 horas de trabajo

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Resumen corto

  • Salario Básico Unificado (SBU) 2025: USD 470/mes.
  • Jornada legal ordinaria: 8 horas diarias, 40 horas semanales.
  • Cálculo estándar:
    • Hora ordinaria = Salario mensual / 240 → con SBU 2025: USD 1,96/h.
    • Día ordinario (8 h) = Salario mensual / 30 → con SBU 2025: USD 15,67/día.
  • Aportes IESS (trabajador): 9,45% sobre la remuneración aportable (afecta el neto).
  • Horas adicionales: hasta 4/día y 12/semana; recargos 50% (hasta 24h00) y 100% (00h00–06h00 y comúnmente fines de semana/feriados).

Los datos proporcionados por el Ministerio del Trabajo indican que hay un total de 46.720 contratos activos entre el 1 de enero y el 26 de mayo de 2025. Esta cifra representa el 17,07 % del total de los contratos existentes.

El tipo de contrato más común es el indefinido, que constituye el 35,38 % de la totalidad, con un total de 273.690 contratos registrados.

Al igual que en los demás tipos de contratos laborales, los trabajadores disfrutan de ciertos beneficios, que incluyen contribuciones al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), décimos tercer y cuarto sueldos, vacaciones y utilidades, entre otros aspectos.

Costo de la hora trabajada
Un individuo contratado bajo un acuerdo por obra o servicio determinado en el ámbito de un negocio recibe compensation por hora, conforme a lo estipulado en el Código del Trabajo; es decir, su cálculo se realiza de modo similar a otros contratos.

Para ilustrar, si una persona trabaja tiempo completo, es decir, 40 horas semanales, su remuneración se determina según el método explicado por la abogada laboral Vannessa Velásquez:

Para calcular el sueldo básico del Ecuador, costo por hora, es preciso llevar a cabo la división estándar, que consiste en el salario básico de $ 470 dividido por 240, lo que equivale a 30 días de ocho horas cada uno. Así, se obtiene un resultado de $ 1,95 por cada hora de trabajo. Esto implica que este individuo percibe $ 1,95 por cada hora laborada. Sin embargo, los empleadores pueden acordar una tarifa superior, en función de la naturaleza del trabajo realizado.

Otro ejemplo
Si una persona trabaja 20 horas a la semana, su costo por hora se calcula de manera diferente debido a la menor cantidad de horas. Por lo tanto, si trabaja únicamente 20 horas semanales, se efectúa la división 235/120, resultando nuevamente en $ 1,95. La remuneración no debe ser inferior a la parte proporcional del salario mínimo, determinado según las horas efectivamente trabajadas.

¿Qué sucede si se realizan horas suplementarias?
Las horas suplementarias son aquellas trabajadas adicionalmente a la jornada habitual. Por ejemplo, si el contrato estipula laborar de 08:00 a 16:30, es decir, 8 horas y media por día, pero el trabajador se queda hasta las 18:30, esto implica que tiene dos horas extra a cobrar.

El cálculo se realiza de la siguiente forma:
Se utiliza el valor de la hora de trabajo, que es $ 1,95.
Este monto se multiplica por el 50 % de recargo ($ 1,95 x 1,5), dando un total de $ 2,92.
Si un trabajador lleva a cabo dos horas suplementarias en un día, simplemente se multiplica por esta cantidad. Por ejemplo, $ 2,92 x 2. El resultado sería $ 5,84.

Otro ejemplo:
Si un trabajador es contratado para 20 horas semanales, pero se le solicita que permanezca cuatro horas adicionales cada día, así es como se calcula.
El costo por hora de trabajo sigue siendo $ 1,95.
Este monto se multiplica por el 50 % de recargo, resultando en $ 2,92.
Si el trabajador realiza cuatro horas suplementarias en un día, simplemente se multiplica la cantidad. Por ejemplo: $ 2,92 x 4 resulta en $ 11,68. Esta cantidad representa el adicional a su jornada laboral si trabaja cuatro horas más.

Por otra parte, los contratos por obra o servicio determinado son más prevalentes en áreas de servicios administrativos y de apoyo, así como en la industria manufacturera, en sectores de alojamiento y en servicios de alimentación, además de transporte. En el sector educativo, su uso es escaso, dado que únicamente 257 personas han celebrado este tipo de contrato.

¿Qué dice la ley sobre las 8 horas?

La jornada máxima ordinaria en Ecuador es de 8 horas diarias y 40 horas semanales. Cualquier tiempo que exceda esa jornada, con tope de 4 horas diarias y 12 semanales, se paga con recargos legales.

Nota: existen jornadas especiales y acuerdos de modificación (sin superar 40 h/semana). Cuando se supera la jornada, corresponden horas suplementarias/extraordinarias con recargos.

¿Cuánto es el mínimo por 8 horas en 2025?

Calcular sueldo básico

La referencia mínima nacional es el SBU 2025 = USD 470/mes. Aplicando las fórmulas oficiales:

  • Valor hora ordinaria (VO) = 470 / 240 = USD 1,96
  • Día completo (8 h) = 470 / 30 = USD 15,67

Estos valores son brutos. Si descontamos el aporte personal al IESS (9,45%), el neto efectivo para el trabajador baja proporcionalmente (el aporte se calcula sobre la remuneración sujeta a aportación).

El SBU es un piso. Puedes ganar más por contrato, experiencia, tabla sectorial o comisiones, pero no menos que el mínimo legal.

Tabla rápida (con SBU 2025: USD 470)

ConceptoFórmulaValor 2025
Hora ordinaria470 / 240USD 1,96
Día ordinario (8 h)470 / 30USD 15,67
Hora suplementaria (recargo 50%)1,96 × 1,5USD 2,94
Hora extraordinaria (recargo 100%)1,96 × 2USD 3,92

Base práctica: división para 240 horas; recargos 50% (hasta 24h00) y 100% (00h00–06h00; fines de semana/feriados como extraordinarias). Límite: 4 h/día y 12 h/semana.

¿Cuánto recibiré en mano por 8 horas?

Si te pagan el mínimo:

  • Bruto diario (8 h): USD 15,67
  • Neto estimado: aplicando el aporte del 9,45% a nivel mensual y prorrateando, el neto diario ronda USD ~14,19. Este valor es referencial, porque los aportes y otros descuentos/beneficios se gestionan mensualmente (no día a día).

También existen decimotercera y decimocuarta remuneraciones, provisiones de vacaciones, y otros rubros que no se reflejan linealmente “por día” pero sí influyen en tu ingreso anual.

¿Qué pasa si trabajo más de 8 horas?

  • Hasta 4 horas extra en un día y 12 a la semana.
  • Horas suplementarias (diurnas hasta 24h00): recargo 50% sobre la hora ordinaria.
  • Horas extraordinarias: de 00h00 a 06h00 o en feriados/fines de semana, recargo 100%.
  • Con VO = USD 1,96:
    • Suplementaria: USD 2,94/h
    • Extraordinaria: USD 3,92/h

El empleador debe registrar y pagar correctamente estas horas. Exceso de jornada sin recargos contraviene la ley laboral.

Ejemplos prácticos

1) Jornada ordinaria exacta (8 h)

  • Contrato al SBU 2025: USD 470/mes
  • Pago por 8 h en día normal: USD 15,67
  • Aunque hagas 22 días laborables, la nómina legal te paga el mes (470). Las divisiones “/30” y “/240” son herramientas de cálculo y control.

2) Un día con 2 horas suplementarias (diurnas)

  • 8 h ordinarias: 8 × 1,96 = USD 15,68 (redondeo)
  • 2 h suplementarias: 2 × 2,94 = USD 5,88
  • Total día: ≈ USD 21,56 (bruto)

3) Un día con 2 horas extraordinarias (nocturnas o feriado)

  • 8 h ordinarias: USD 15,68
  • 2 h extraordinarias: 2 × 3,92 = USD 7,84
  • Total día: ≈ USD 23,52 (bruto)

Tus números variarán si tu salario es mayor al SBU, si recibes comisiones/bonos o si aplica una tabla sectorial. Los ejemplos se basan en el mínimo nacional vigente.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario mínimo en Ecuador para 2025?

El SBU 2025 es USD 470 al mes y rige desde el 1 de enero de 2025. Este valor es la base para calcular hora/día y para verificar cumplimiento de mínimos en nómina. Es un piso; puedes percibir más por contrato, mercado o tabla sectorial.

¿Cómo calculo cuánto me pagan por 8 horas?

Usa estas reglas: hora = sueldo / 240 y día (8 h) = sueldo / 30. Con el SBU: 1,96/h y 15,67/día (bruto). Si hay horas suplementarias o extraordinarias, aplica recargos de 50% o 100% respectivamente. En nómina real, además se consideran aportes, décimos, vacaciones y otros rubros mensuales.

¿Qué descuentos afectan mi neto?

El principal es el aporte personal al IESS (9,45%) sobre la base aportable. Esto reduce el valor que recibes “en mano” respecto del bruto. También pueden existir otros conceptos (anticipos, préstamos, retenciones) que dependen de cada caso y deben constar en tu rol de pagos.

¿Cuándo una hora se paga con 50% y cuándo con 100%?

Las horas suplementarias (adicionales a la jornada, hasta 24h00) se pagan con 50% de recargo. Las extraordinarias (entre 00h00–06h00, y por lo general en sábados, domingos y feriados) se pagan con 100%. Además, no puedes exceder 4 horas extra al día ni 12 a la semana.

¿Puedo pactar jornadas distintas a 8 horas?

Se pueden pactar modificaciones de jornada siempre que no superen 40 horas semanales; si se supera, corresponde pagar horas extra. Algunas actividades tienen jornadas especiales. Revisa tu contrato y cualquier acuerdo registrado.

Plantilla de cálculo (copiable)

  1. Valor hora ordinaria (VO):
    VO = Salario mensual / 240
  2. Pago por 8 horas ordinarias (día):
    Día = Salario mensual / 30
  3. Hora suplementaria (50%):
    HS = VO × 1,5
  4. Hora extraordinaria (100%):
    HE = VO × 2
  5. Neto estimado (mensual):
    Neto ≈ Bruto – (Bruto × 9,45%) (si toda la remuneración es aportable)

Consejos prácticos para empleados y empleadores

  • Empleados: revisa tu rol de pagos, el detalle de horas y aportes IESS. Si haces horas extra, verifica que estén liquidadas con el recargo correcto y dentro de los límites legales.
  • Empleadores: documenten control horario, respeten topes y recargos; un mal cálculo puede acarrear reclamos y sanciones. Usen fórmulas oficiales y mantengan actualizados los parámetros (SBU, recargos, porcentajes IESS).
  • Ambas partes: recuerda que existen décimos, vacaciones y posibles tablas sectoriales. Las “cuentas rápidas” por día/hora son referenciales; la liquidación real es mensual y conlleva más rubros.

En Ecuador, 8 horas de trabajo se pagan según el salario mensual pactado y, como piso, el SBU 2025 (USD 470). Con las fórmulas oficiales, el valor mínimo de referencia es USD 1,96 por hora y USD 15,67 por día (bruto). Si superas la jornada, aplican recargos: 50% para horas suplementarias (hasta 24h00) y 100% para extraordinarias (00h00–06h00 y, usualmente, fines de semana/feriados), con límites de 4 h/día y 12/semana. Ajusta siempre tus cálculos a tu contrato, tabla sectorial y aportes para conocer tu neto real.

Tags: EconomiaNoticias del ecuador

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